El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor de una mujer que sufrió vulneraciones a su intimidad y derechos personales, luego de que una empresa de telefonía no verificara adecuadamente la identidad de quien solicitó el cambio de su línea. Esta omisión permitió el acceso ilícito a sus cuentas digitales, intentos de movimientos bancarios y la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento.
Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó la relevancia de juzgar con perspectiva de género en casos de violencia digital, señalando que las mujeres enfrentan desventajas estructurales y que no puede exigirse a las víctimas conservar pruebas formales en situaciones de vulneración de su privacidad.
Esquivel enfatizó que las impresiones digitales y los indicios del uso indebido de la información son suficientes para presumir accesos no autorizados y la afectación al patrimonio moral de la víctima, evitando así procesos que podrían revictimizarla.
Finalmente, las ministras y ministros de la Corte negaron el amparo solicitado por la empresa de telefonía y lo concedieron a la mujer, al determinar que la negligencia de la compañía derivó en una cadena de afectaciones a su privacidad y dignidad.