Claudia Bolaños
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa de carácter absoluto en competencias de ejercicio obligatorio, al no haber emitido la Ley General de Aguas, en relación a la controversia constitucional 56/ 2020, presentada por el municipio de Cusihuiriachi, Chihuahua, sobre la presa La Boquilla.
En sesión del Tribunal Pleno se determinó que “el Congreso de la Unión, contará con un plazo de 360 días para emitir una Ley General de Aguas, del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 8 de febrero de 2012 que incorporó el derecho al agua al artículo 4° de la Constitución, bajo el mandato de que la propiedad del agua es originaria de la nación y garantizando el principio de deliberación democrático, dando intervención efectiva a la Federación, estados y municipios en la gestión del recurso hídrico”, señala el proyecto a cargo del ministro Javier Laynez Potisek.
El Pleno señaló que dicha omisión vulnera las atribuciones constitucionales del municipio referido, en materia de aguas, pues afecta su participación en el acceso y uso sustentable de los recursos hídricos y su facultad de proveer a su población los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado y disposición de aguas residuales.
Por otra parte, se determinó sobreseer en la controversia constitucional por lo que respecta a: i) la omisión de reglamentar adecuadamente la Ley de Aguas Nacionales, al haberse invocado únicamente violaciones indirectas a la Constitución; ii) el Acuerdo de inicio de emergencia por sequía para dos mil veinte y iii) la utilización de la Guardia Nacional para disponer de las aguas de la presa “La Boquilla”, en virtud de que no se formularon conceptos de invalidez en su contra.
La discusión de esta controversia continuará durante la próxima sesión del Tribunal Pleno de la SCJN.
Imagen: Cuartoscuro