El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó el uso de la plataforma Spotify en las campañas de candidatos judiciales, como jueces, magistrados y ministros. La decisión se tomó por mayoría de votos en la Sala Superior, que consideró que la contratación de este servicio digital para difundir una canción alusiva a una candidatura no constituye publicidad ilegal.
Este fallo revoca la amonestación impuesta por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) a un candidato que utilizó Spotify para promover su imagen. La primera elección judicial en México, celebrada el 1 de junio, estableció restricciones en la difusión de propaganda electoral, permitiendo únicamente el uso de redes sociales propias y gastos operativos cubiertos por los propios candidatos. Sin embargo, en este caso específico, el TEPJF determinó que la contratación de un servicio digital para la difusión de contenido musical relacionado con una candidatura es lícita.
Además, la Sala Superior del TEPJF abordó otro asunto relacionado con la reposición de la pauta electoral. Se revocaron por unanimidad los acuerdos del Instituto Nacional Electoral (INE) que fijaban los costos para que una empresa repusiera el tiempo aire electoral, ya que no se realizaron estudios de mercado para determinar dichos precios.
Los siete magistrados de la Sala Superior del TEPJF sesionaron de manera virtual este miércoles para resolver estos casos.