El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó las medidas cautelares impuestas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en las que ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de realizar pronunciamiento sobre temas electorales.
Los magistrados explicaron que la controversia se originó a partir de la denuncia que el PAN presentó en contra de López Obrador, y quienes resulten responsables, por las manifestaciones expuestas en la conferencia mañanera del pasado 26 de junio de 2023, en la que descalificó a los partidos políticos de la oposición y expresó apoyo a su partido, Morena.
“Es posible dictar medidas cautelares respecto de las manifestaciones denunciadas, porque la difusión de su archivo audiovisual y versión estenográfica se mantiene en el tiempo”, determinó la Sala Superior.
Asimismo, determinaron que las expresiones del titular del Ejecutivo pueden afectar los principios constitucionales de los procesos electorales, aun cuando estos no hubiesen comenzado.
Al respecto, el pleno aclaró que la medida no es una censura previa, por la previsibilidad de la conducta, así como el deber del servidor público de preservar la imparcialidad y neutralidad de los procesos democráticos.
Recordaron que el INE precisó que el mandatario federal ya había emitido pronunciamientos vinculados con temáticas electorales en otras conferencias matutinas e indicaron que ya se le había conminado al tabasqueño a ajustarse a los parámetros constitucionales.
Agregaron que, en contra de dicha determinación, el presidente López Obrador, así como también Jesús Ramírez Cuevas, coordinador general de Comunicación Social y vocero del Gobierno de la República, acudieron a la Sala Superior del TEPJF para impugnar la decisión del INE, sin embargo, la resolución no los benefició.
Imagen: Cuartoscuro