El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró inaplicable el Decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental”, dentro del procedimiento de revocación de mandato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 17 de marzo.
Los magistrados Mónica Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez votaron en contra de inaplicar el decreto interpretativo que aprobó una mayoría de legisladores de Morena y aliados en el Congreso.
Sin embargo, por mayoría de magistrados, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la mayoría de magistrados votaron en favor de inaplicar el decreto al considerar en virtud de la cercanía de la jornada electoral de votación de revocación de mandato y para efecto de dar certeza a los actores políticos, ciudadanía y autoridades.
El Tribunal determinó que el decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, porque no se realiza una interpretación auténtica del concepto “propaganda gubernamental”, sino que se establece una excepción a la prohibición de difusión de propaganda gubernamental durante el desarrollo de un proceso de revocación de mandato, lo cual es violatorio de la prohibición prevista en la propia Constitución general.
“El Decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, porque no se realiza una interpretación auténtica del concepto ‘propaganda gubernamental’, sino que se establece una excepción a la prohibición de difusión de propaganda gubernamental durante el desarrollo de un proceso de revocación de mandato –lo cual es violatorio de la prohibición prevista en la propia Constitución general-“, concluyeron los magistrados.
De igual manera, determinaron que al establecer la excepción se realiza una “modificación sustancial a las reglas de comunicación política en la revocación de mandato, lo cual está prohibido a nivel constitucional”.
Imagen: Cuartoscuro