La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el nombramiento del titular de la Contraloría Interna del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), al determinar que se vulneró el principio de paridad y la regla de alternancia de género.
El caso surgió luego de que el 17 de junio el pleno del TEEO designara a una persona no binaria en el cargo, lo que motivó la presentación de juicios de la ciudadanía por parte de mujeres que argumentaron que, conforme a la Ley Orgánica del TEEO, el nombramiento debía recaer en una mujer.
A propuesta de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, la Sala Superior recordó que la Constitución y la legislación local de Oaxaca establecen la paridad como principio rector en la designación de cargos públicos. En este sentido, precisó que la alternancia de género es un mecanismo para garantizar la participación equilibrada y que, en este caso, debía aplicarse en favor de las mujeres.
El tribunal federal subrayó que las personas no binarias pueden ocupar cargos públicos, pero cuando la alternancia exige que el nombramiento sea para una mujer, no puede sustituirse por una acción afirmativa distinta. En el caso concreto, el periodo anterior fue encabezado por un hombre, por lo que el nuevo nombramiento debía recaer en una mujer.
La Sala Superior también aclaró que los señalamientos sobre la falta de convocatoria pública no eran procedentes, ya que la Ley Orgánica del TEEO establece que el nombramiento corresponde al pleno a propuesta de la presidencia, sin requerir un proceso abierto.
En consecuencia, el TEPJF ordenó al TEEO designar a una mujer como titular de la Contraloría Interna en cumplimiento de la regla de alternancia de género y reportar a la Sala Superior en un plazo de 24 horas sobre el cumplimiento de la resolución.