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TEPJF prohíbe difundir propaganda política en

TEPJF prohíbe difundir propaganda política en "mañaneras"

Nación miércoles 31 de marzo de 2021 -

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que, el presidente Andrés Manuel López Obrador no podrá difundir, logros de su gobierno, presumir programas sociales, elogiar o atacar gobiernos locales ni hacer comentarios sobre los comicios en sus conferencias matutinas, además, se deberá limitar a presentar información neutral sobre educación, salud y protección civil.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera, advirtió que, tal como han sido hasta ahora, las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador sí tienen elementos de propaganda gubernamental indistinguibles de los aspectos meramente informativos, y que ello puede violar la Constitución en el contexto del proceso electoral en curso.

Así, las magistradas y los magistrados consideraron que son las y los servidores públicos quienes tienen el deber de cuidar que sus mensajes no contengan elementos dirigidos a influir en las preferencias electorales o en la opinión pública durante los procesos electorales federal o local, y que deben ser particularmente escrupulosos, en la etapa de campañas electorales, al dirigir mensajes que pueden ser retomados por los medios de comunicación para su posterior difusión.

“La información que se difunda deberá tener carácter institucional y tendrá que abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral, o bien elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno. En cualquier momento de las conferencias, incluido el periodo de preguntas y respuestas, los funcionarios públicos deberán abstenerse de difundir logros de gobierno, obra pública, e, incluso, emitir información dirigida a incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía, como la de valorar positivamente a algún gobierno".

“La información generada durante las conferencias de prensa, organizadas por funcionarios públicos, en todo momento deberá tener fines informativos, por lo que no está permitida la exaltación, promoción o justificación de algún programa o logro obtenido en los gobiernos local o federal o de alguna administración específica”, dice la sentencia.


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YC/CR

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