El registro obligatorio de líneas telefónicas móviles en México establece que las personas menores de edad no pueden registrar directamente una línea a su nombre, de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT), en el contexto del proceso de vinculación de números telefónicos con una identificación oficial vigente.
El sistema de registro forma parte de la estrategia para asociar cada línea móvil a una identidad verificada, por lo que el trámite debe realizarse mediante la Clave Única de Registro de Población (CURP) y datos de identificación del titular. En el caso de usuarios menores de edad, la responsabilidad recae en los padres, madres o tutores legales, quienes deben realizar el registro correspondiente utilizando su propia identificación oficial.
La CRT establece que esta medida busca garantizar la correcta identificación de los usuarios de telefonía móvil y evitar que los servicios sean contratados sin un responsable legal plenamente identificado. Además, el procedimiento se realiza a través de plataformas digitales o de forma presencial con los operadores telefónicos.
El proceso de inscripción es obligatorio para todas las líneas activas y debe completarse dentro del plazo establecido por la autoridad reguladora. De no realizarse el registro correspondiente, las líneas pueden enfrentar restricciones o la suspensión del servicio, según lo determinado por las disposiciones oficiales.