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Sedena aclara que no invade funciones en materia de seguridad

Sedena aclara que no invade funciones en materia de seguridad

Nación sábado 10 de octubre de 2020 -

La Secretaría de la Defensa Nacional comunicó que “no invade funciones que legalmente le corresponden a otras instituciones” en materia de seguridad pública, ya que la Estrategia Nacional de Paz y Seguridad contempla en sus fases de planeación, una coordinación que inicia desde las reuniones del gabinete de seguridad del gobierno federal.

Debido a esto el presidente en su función de responsable del Poder Ejecutivo gira instrucciones a las dependencias que integran citado gabinete, incluidas las corporaciones militares, policíacas y de inteligencia, por ello las coordinaciones estatales de la Guardia Nacional, las regiones y zonas militares y las correspondientes delegaciones del centro nacional de inteligencia trabajan de manera coordinada atendiendo a la situación particular de cada estado.

“Es importante establecer que de conformidad con el artículo 5to. transitorio se establece que, durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente solo en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, destacó.

Se recalcó que la presencia de la Guardia Nacional en los estados, se coordina con los correspondientes mandos territoriales de región y zona militar, en donde los coordinadores estatales de dicha Guardia Nacional tienen jerarquías equivalentes a coronel o general brigadier, razón por la cual responden a las directivas que se giren en el seno de las coordinaciones estatales en las cuales los comandantes de región y zona tienen participación fundamental.

Defensa Nacional apuntó que el acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, en su artículo 4to. dispone que el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana deberá de coordinarse con los titulares de la Defensa Nacional y de Marina para definir la forma en que las actividades de la Fuerza Armada permanente complementarán la función de la Guardia Nacional.

Juan Aguilar
Información de agencias
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JA/CR

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