Suspensión de programas sociales y propaganda gubernamental por elecciones en Edomex
Nación martes 09 de enero de 2024 - 13:48
Con la proximidad de los procesos electorales federal y estatal en el Estado de México, se anuncia que no solo cesarán las operaciones de los programas sociales, sino que también se suspenderá la propaganda gubernamental. Esta medida tiene como objetivo evitar influencias en la decisión de los 12.9 millones de electores que participarán en la renovación de la presidencia de México, el Congreso de la Unión, la Legislatura mexiquense y los 125 ayuntamientos.
Es crucial estar atento a las fechas próximas que se indicarán para las entregas anticipadas de programas federales, estatales o municipales, ya que aquellos que no estén exentos de esta medida deberán detenerse tan pronto como comiencen las campañas, momento en el que se implementarán restricciones.
La legislación electoral vigente en el Estado de México establece que la Legislatura determinará qué programas sociales no deben suspenderse durante los procesos electorales, promoviendo medidas para garantizar su cumplimiento en los tres niveles de gobierno y así generar condiciones de equidad en el proceso electoral. Esta decisión se tomará en una sesión del pleno antes del 25 de abril, según lo estipulado en el Código Electoral.
A partir del 25 de abril, los programas sociales de carácter estatal y municipal no podrán operar en la entidad. Se podrían anticipar varios apoyos, ya que las campañas federales comienzan el 1 de marzo. Dado que las campañas locales arrancan el 26 de abril, el último día permitido para la difusión gubernamental es el 29 de febrero, lo que significa que solo quedan siete semanas para que los gobiernos den a conocer sus acciones sin infringir la ley.
Las únicas campañas de información exentas de esta medida son las de las autoridades electorales, los servicios educativos y de salud, o aquellas necesarias para la gente electoral o un proceso gubernamental de cualquier orden, las cuales pueden someter solicitudes de excepción al Consejo General, debiendo presentarse con al menos 60 días naturales de anticipación al inicio de las campañas.
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JA/CR
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