Por la calle, se ha visto a automovilistas que llevan consigo a perritos que asoman su cabeza por la ventana, o que los llevan en las piernas del conductor o copiloto, hecho que pudiera repercutir en sanciones económicas.
Según el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en su artículo 38 señala las formas para transportar a nuestros animales.
El artículo 38 señala que, “los conductores son responsables de evitar realizar acciones que pongan en riesgo su integridad física y la de los demás usuarios de la vía”, prohibiendo “sostener, cargar o colocar personas o animales entre sus brazos y sus piernas”.
Si se incurre en alguna de estas acciones, el conductor se hará acreedor a una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, y tres puntos de penalización a la licencia de conducir y un punto a la matrícula vehicular.
La multa iría de los 896.20 a los mil 792.40 pesos mexicanos.
Por ello, se sugiere colocar a la mascota en una jaula durante el trayecto; adquirir un arnés de viaje; no dejar que la mascota vaya con la cabeza fuera de la ventana.
Imagen: Cuartoscuro