El Congreso del Estado de México aprobó la llamada “Ley Ocaña”, la cual castigará a quienes difundan imágenes dolosas de cadáveres.
Dicha iniciativa, promovida por la diputada de Morena, Luzma Bermúdez, y hombrada así en memoria del actor Octavio Ocaña, establece penas de cuatro a ocho años de cárcel y multas de 500 a mil días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para aquellos que violen la privacidad y dignidad de las personas fallecidas al difundir imágenes de cadáveres y se prevén agravantes de penas de tres a siete años si los responsables son servidores públicos.
En caso de que las víctimas sean mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad, las penas podrían incrementarse hasta una mitad, alcanzando sanciones de hasta 12 años de prisión.
“Tiene como propósito fundamental salvaguardar la dignidad y honra póstuma de toda persona que pierde la vida, así como garantizar el acceso a la justicia a terceros, ante prácticas ilícitas cometidas, tanto por personas servidoras públicas como por cualquier otra persona”, explicó la legisladora mexiquense.
La iniciativa surgió a raíz de los casos del actor Octavio Ocaña y de Ingrid Escamilla, cuyas imágenes fueron difundidas por servidores públicos.
Respecto a la Ley Ingrid, el Congreso estatal avaló modificaciones para evitar ambigüedades y asegurar un mayor respeto a la dignidad de las personas fallecidas.
Imagen: @Legismex