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Defensoría Pública espera liberar a Mario Aburto

Defensoría Pública espera liberar a Mario Aburto

Nación domingo 08 de octubre de 2023 -

Claudia Bolaños

El amparo concedido a Mario Aburto Martínez, que ha ordenado dejar sin efecto la sentencia dictada el 22 de diciembre de 1994, por el entonces Tribunal Unitario de Segundo Circuito, que lo condenaba a 45 años de prisión por el delito de homicidio calificado, fue conseguido por un defensor de oficio.

El 21 de abril de 2021, el integrante de la Defensoría Pública presentó una demanda de amparo directo en contra de dicha sentencia, y seis meses después espera que en los próximos días se emita la nueva sentencia, que deje en libertad a Mario Aburto y considere cumplida la pena con base en la ley local aplicable.

Así, el acusado del magnicidio de Luis Donaldo Colosio, en Lomas Taurinas, Tijuana, no requirió sufragar en gastos de pago de honorarios a su defensa, misma que está a punto de liberar a uno de los acusados del crimen del priista que algunos consideran, pudo cambiar el rumbo de México.

En resolución dictada el 5 de octubre de 2023, el Tribunal Colegiado determinó que el Tribunal Unitario debe emitir una nueva sentencia en la que se haga una traslación del tipo penal al Código Penal de Baja California, aplicable en virtud del lugar donde sucedieron los hechos, y no el Código Penal Federal.

El Código aplicable al caso era el local, que por el delito de homicidio por el que fue sentenciado Mario Aburto, al momento de los hechos, establecía una pena máxima de 30 años de prisión.

La sentencia establece: 'Con base en la referida traslación típica, analice los delitos materia de la acusación, así como la responsabilidad penal del quejoso en su comisión e imponga las sanciones penales que correspondan. En el entendido de que no se podrá agravar la situación jurídica ya estimada del sentenciado. Adicionalmente, deberá verificar si, como resultado de la traslación normativa, el quejoso puede obtener su libertad personal respecto de la causa penal que dio origen a este asunto'.

Lo anterior no implica una absolución sino, en su caso, el cumplimiento de la pena ajustada a la norma que determinó el Tribunal Colegiado como aplicable.

Resalta que continúa abierta una investigación penal por los hechos de tortura cometidos en agravio de Mario Aburto, que mediante otro juicio de amparo presentado por el IFDP, se estableció que debía ser conducida por la Fiscalía especializada en materia de tortura y que aún debe integrarse para establecer las responsabilidades conducentes."


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/CR

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