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Diversidad sexual y justicia electoral

Diversidad sexual y justicia electoral

Columnas jueves 02 de junio de 2022 -

En abril pasado, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral emitió un fallo en el que determinó por unanimidad que el Diputado Federal Gabriel Quadri, cometió violencia política contra las mujeres por razón de género (VPG) en contra de la Diputada Federal Salma Luévano, mujer trans.


Es un fallo de la más alta relevancia y que marca un precedente histórico, que hay que tener presente en adelante. Veamos.

En su demanda, Luévano señaló que Quadri, a través de Twitter, había realizado una serie de publicaciones que, en su opinión, constituyeron VPG. Señaló que los tuits del diputado excedieron la libertad de expresión pues discriminó a la población de la diversidad sexual y, particularmente, a ella pues insinuó que estaba usurpando un lugar destinado a una mujer y, por lo tanto, estigmatizó a la diputada e incitó al linchamiento de su persona, derivado del contenido de las publicaciones.

Estimó además que en ellas se concretó una falta de respeto, discriminación, odio y rencor hacia las mujeres transgénero, transexuales y travestis, al llamarles hombres vestidos de mujer, con lo cual Quadri no respetó la identidad ni expresión de género, además de que su discurso se leyó como un llamado a las mujeres para que protesten en contra de las personas trans.

En su defensa, el diputado alegó infructuosamente que sus expresiones estaban protegidas por el artículo 61 constitucional, que dice que las y los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y que jamás podrán ser reconvenidos por ellas.

En los resolutivos, la Sala dispuso, además, dar vista a la Contraloría Interna de la Cámara para que le imponga la sanción correspondiente y le ordenó al legislador realizar diversas conductas.

Por ejemplo, en el rubro de medidas de reparación integral y de garantías de no repetición, instruyó al responsable tomar dos cursos tanto en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género como en materia de violencia contra las personas de la diversidad sexual, cuyos costos correrán a su cargo, los cuales deberán orientarse a la promoción y protección de los derechos de las mujeres y las personas LGBTTTQA+.

Además, deberá difundir a través de su cuenta de Twitter, el siguiente mensaje de disculpa pública: Ofrezco una disculpa a la diputada federal Salma Luévano Luna, porque las expresiones que emití en mi cuenta fueron ofensivas, discriminatorias, y generaron odio, violencia política en su contra por razón de género y vulneraron los derechos políticos-electorales de las mujeres-trans.

Se le ordenó igualmente, fijar en su cuenta de dicha red social una síntesis de la sentencia todos los días a las 12 de la tarde y las 5 de la tarde, durante quince días naturales (deshabilitando la opción de comentarios) dentro de los cuales las publicaciones no podrían eliminarse.

Finalmente, se ordenó registrar a Quadri en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia Política contra las Mujeres en Razón de Género del INE.


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/CR

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