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¡Fuera pluris del Senado!

¡Fuera pluris del Senado!

Columnas martes 03 de marzo de 2026 -

En el mundo las cámaras altas vienen creciendo numérica y políticamente desde hace unos 40 años. En la década de los setenta existían sólo 45 de ellas, mientras que, en la actualidad, de los 182 parlamentos o congresos miembros de la Unión Interparlamentaria Internacional, 70 cuentan con una Cámara Alta o Senado.

Esto tiene que ver con la concepción bicameral de la función legislativa cuyo antecedente directo se localiza en el Senado norteamericano original, el de la Constitución de 1787.
Durante los debates de Filadelfia, la mayoría de los delegados se mostraban a favor de un congreso nacional bicameral.

El Plan de Nueva Jersey proponía un congreso unicameral pero rápidamente se asumió que ese modelo era una de las fallas básicas de los Artículos de la Confederación, a los que la nueva Constitución quería dejar atrás para crear una Federación.

El Plan Virginia, en cambio, observante de la tradición de las colonias, proponía un Congreso Bicameral en el que el Senado fuera electo por la Cámara de Representantes.

Como sabemos, el conflicto se resolvió en la conocida transacción de Connecticut, mediante la que el Congreso estaría integrado por una Cámara baja electa popularmente, atendiendo al tamaño de las respectivas poblaciones de los estados; y por una Cámara alta, el Senado, integrado por el mismo número de representantes por cada estado independientemente de su población.
Así, aquella Cámara baja, y todas sus homólogas del mundo, son generalmente poblacionales, mientras que el Senado original se creó como cámara territorial, garante del Pacto Federal que daba nacimiento a la nueva unión de las colonias. Además, como “fuerza estabilizadora, no electa por los electores en masa”, pues los Senadores, por la pura edad, “tendrían más conocimientos y serían más deliberantes, y sin la “inconstancia y la pasión” de la colegisladora (Rush, Madison).

Esta concepción del Senado paritario se descompuso en algún momento de nuestra historia reciente. Con los 32 escaños de representación proporcional, creados en la reforma de agosto de 1996, hoy en México tenemos una cámara alta que no es ni territorial, ni federal ni mucho menos poblacional. Es uno de esos bodrios producto de los pactos políticos coyunturales en el Congreso de la Unión.
Ese pegote infame, que está por cumplir 30 años, visible en el párrafo segundo del artículo 56 constitucional, ha desnaturalizado la característica definitoria de nuestra cámara alta y desde entonces las entidades federativas no tienen una representación pareja en este colegiado. Por estas razones, convendría suprimir los pluris del Senado y no tanto porque su asignación esté predeterminada por las dirigencias partidistas y sus titulares no hagan campaña.

Y ya, de una vez, regresar la edad mínima para aspirar a una Senaduría, de los 28 años (Cláusula Jorge Emilio, luego les cuento) quizá a los 35. Feliz inicio de Reforma Electoral 2026 .

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/CR

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