El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) emitió lineamientos para garantizar la imparcialidad en los procesos de revocación de mandato de diputaciones, alcaldías y concejalías electas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
De acuerdo con la normativa, desde la emisión de la convocatoria y hasta tres días antes de la jornada de votación, tanto la persona sujeta al procedimiento como quienes lo soliciten podrán expresar argumentos a favor o en contra y realizar actividades de promoción, siempre que no constituyan actos de campaña ni impliquen el uso de recursos públicos.
El IECM será la única autoridad facultada para promover la participación ciudadana y difundir información sobre el proceso, con carácter objetivo e imparcial. Las autoridades gubernamentales, partidos políticos y servidores públicos ajenos al procedimiento deberán abstenerse de pronunciarse o difundir posturas relacionadas con la revocación.
Los lineamientos prohíben el uso de recursos públicos para propaganda, así como la contratación de espacios en radio y televisión. Los partidos políticos tampoco podrán utilizar tiempos oficiales, páginas institucionales o redes sociales para promover alguna postura.
En cuanto a propaganda gubernamental, se establece que durante el periodo de convocatoria y hasta la conclusión de la jornada no podrá difundirse información relacionada con acciones de gobierno de la persona sujeta al proceso, salvo en materia de educación, salud o protección civil. La restricción aplica dentro y fuera del ámbito territorial de las alcaldías.
Asimismo, se fijan límites en el uso de programas sociales y recursos públicos para evitar actos de presión, condicionamiento o entrega de beneficios que influyan en la opinión ciudadana. Las quejas o denuncias por posibles infracciones serán atendidas mediante el procedimiento especial sancionador.
La revocación de mandato es un mecanismo de democracia directa que permite a la ciudadanía decidir si una persona electa concluye o no de manera anticipada su cargo. En el caso de alcaldías y concejalías, la mitad del mandato se cumplió el 1 de abril de 2026, mientras que para diputaciones ocurrió el 1 de marzo del mismo año.