Por Alejandra Balandrán Olmedo
El Instituto Nacional Electoral (INE) inició la integración, administración, resguardo e implementación del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género.
El Instituto se coordinará con Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES), y autoridades administrativas, jurisdiccionales y penales, federales y locales, competentes de conocer casos de violencia política contra las mujeres en razón de género, para que, conforme a sus atribuciones tomen las medidas conducentes, por lo que cualquier persona sancionada por resolución o sentencia firme de cualquiera de estas autoridades, aparecerá de forma pública en el registro por un periodo de entre tres y seis años dependiendo la gravedad de la falta que haya cometido.
Si no se define el plazo, los datos de la persona aparecerán en el registro por tres años si la falta fue considera leve; cuatro si fue ordinaria, cinco si fue calificada como especial; y seis años en caso de ser reincidente.
En el caso de que la violencia política en razón de género fuese ejercida por una persona servidora pública, aspirante a una candidatura independiente, precandidata o candidata, o que se dedique a los medios de comunicación, su permanencia en el registro podría aumentar un tercio más.
En tanto que si el delito se cometiera en agravio de una mujer perteneciente a un pueblo o comunidad indígena, afromexicana, de la tercera edad, personas de la diversidad sexual o con discapacidad, el tiempo que estará en el registro se incrementará una mitad adicional.
El registro, además de los datos personales del infractor, incluirá la información de la resolución o sentencia firme, será de carácter público, y se encontrará en un apartado del portal de internet del Instituto para su consulta.