La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó inconstitucional la penalización de las mujeres víctimas de violación que abortan en los 90 días después de la concepción.
Lo anterior se derivó tras otorgar un amparo a una menor de edad que fue violada, y a quien se le negó la suspensión legal del embarazo en el Hospital General de Tapachula.
Por unanimidad, se aprobó la propuesta del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, para declarar inconstitucional el artículo 181 del Código Penal de Chiapas que castiga con penas de cárcel la interrupción del embarazo después de los 90 días, aún en caso de una violación.
Es necesario mencionar, que esta es la primera vez que la SCJN se pronuncia en contra de este plazo límite.
Agencias
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