La incorporación de la inteligencia artificial al ejercicio del derecho es ya una realidad que comienza a reflejarse en la práctica cotidiana. Estudios regionales, criterios judiciales y, de manera relevante, los posicionamientos de los colegios profesionales han empezado a delimitar el marco en el que estas herramientas pueden utilizarse de forma compatible con los principios que rigen la profesión jurídica.
Desde el plano conceptual, la discusión jurídica ha tomado como referencia definiciones desarrolladas en el ámbito internacional, particularmente aquellas que describen a la inteligencia artificial como sistemas capaces de generar predicciones, recomendaciones o decisiones a partir del análisis de datos. En el contexto latinoamericano, estudios elaborados por organismos internacionales, como el Índice Latinoamericano de Inteligencia Artificial impulsado por la CEPAL y el Centro Nacional de Inteligencia Artificial de Chile, ubican a México como un país en fase de adopción. El diagnóstico señala que nuestro país ya incorpora estas tecnologías en sectores estratégicos, aunque enfrenta retos en materia de gobernanza, infraestructura y formación especializada.
En el ámbito judicial, el Poder Judicial de la Federación ha comenzado a pronunciarse sobre el uso de herramientas de inteligencia artificial. Ha sostenido en que estas tecnologías pueden emplearse como apoyo en los procesos jurisdiccionales, siempre bajo principios como la protección de datos personales, la transparencia, la explicabilidad y la supervisión humana.
Un papel especialmente relevante en este proceso ha sido asumido por la Barra Mexicana, Colegio de Abogados. De acuerdo con sus Lineamientos para el Uso Responsable de la Inteligencia Artificial en el Ejercicio Profesional del Derecho, la IA puede ser utilizada por abogados siempre que se respeten deberes profesionales fundamentales. Entre ellos, la Barra destaca la necesidad de contar con competencia tecnológica suficiente, de no delegar el juicio jurídico a sistemas automatizados y de mantener la responsabilidad final en el abogado, incluso cuando se empleen herramientas de inteligencia artificial. Asimismo, subraya la importancia de proteger el secreto profesional y la confidencialidad de la información del cliente, especialmente cuando se utilizan plataformas externas o sistemas en la nube. También enfatiza la obligación de supervisar y verificar los resultados generados por la IA, a fin de evitar errores o información incorrecta que pueda afectar la calidad del servicio jurídico o los derechos de las personas representadas.
En el plano internacional, estas posiciones coinciden con orientaciones emitidas por asociaciones profesionales de otros países, como la American Bar Association, así como con instrumentos desarrollados por organismos como la UNESCO y el Consejo de Europa, que comparten una visión en la que la inteligencia artificial se integra al ejercicio jurídico como herramienta de apoyo, sujeta a control humano, transparencia y responsabilidad profesional.
La abogacía ya ha comenzado a construir referencias claras desde la práctica profesional, los criterios judiciales y los lineamientos éticos. En ese proceso, la inteligencia artificial se puede perfilar no como un sustituto del trabajo jurídico, sino como una herramienta de apoyo que, bien encauzada, puede fortalecer la calidad del ejercicio profesional y contribuir a una justicia más eficiente y confiable.