Claudia Bolaños
Juzgado concede suspensión de oficio para que ambas cámaras del Congreso de la Unión no continúen con el proceso legislativo de las reformas en materia del Poder Judicial, informó está tarde la
Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED).
En el juicio de amparo 1251/2024 se indica que en caso de aprobarlas, se abstengan de enviarlas a los congresos de los estados y la CDMX para su aprobación, hasta en tanto se resuelva la suspensión definitiva, señaló Martha Eugenia Magaña López, Jueza Quinto de Distrito en el Estado de Morelos,
En el caso, la juzgadora consideró que la suspensión peticionada se ubica en el artículo 127, fracción II, de la Ley de Amparo, en atención a que de concretarse los efectos del acto reclamado haría materialmente imposible reparar a los quejosos del
daño ocasionado, “pues dicha reforma constitucional no podría retrotraerse a
través del juicio de amparo. Por lo que, dada la irreparabilidad que podría resentir el promovente como consecuencia de los actos reclamados”,
Pese a haber un paro de labores, se aclaró que el asunto se ubica en los supuestos establecidos en la circular 16/2024, de diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro; así
como con la diversa 17/2024 de veintitrés del citado mes y año, ambas del Secretario Ejecutivo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal,
en las que se estableció que con el fin de garantizar el acceso a la justicia, el Pleno del Consejo reiteró que se debía seguir cumpliendo
con las actividades esenciales de impartición de justicia, por lo que a los órganos jurisdiccionales correspondía dar atención a los casos descritos en la mencionada circular 16/2024.