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LA POSIBLE REFORMA AL SISTEMA ELECTORAL

LA POSIBLE REFORMA AL SISTEMA ELECTORAL

Columnas lunes 14 de noviembre de 2022 -

Es un tema obligado en el debate público nacional en la actualidad, tratar de entender y explicar las características y posibles consecuencias de la llamada “reforma electoral.”

Considero que es responsabilidad de quienes nos hemos especializado en la materia, plantear argumentos, perspectivas y puntos de vista lo mas neutral y objetivos posibles, con el fin de abonar al análisis de este importante tema.

De las más de 50 iniciativas presentadas ante el Congreso de la Unión, la que más ha llamado la atención, por obvias razones (relacionadas con el presidencialismo mexicano, sin duda) ha sido la presentada por el Presidente de la República.

Las propuestas que contiene dicha iniciativa deben ser analizadas a la luz de la experiencia nacional e internacional, de los objetivos planteados, del fortalecimiento de la legitimidad y confianza ciudadana en sus instituciones y el régimen democrático, y de los posibles efectos colaterales que pudieran producirse en el rediseño institucional del sistema electoral mexicano.

En este espacio, quisiera concentrarme en un breve análisis de algunas de las propuestas contenidas en dicha iniciativa: 1. Cambiar el actual Instituto Nacional Electoral, (INE) por un Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC), así como la disminución del número de integrantes de su Consejo General de 11 a 7. 2. Reducir el número de legisladores (300 diputados y 96 Senadores, en vez de 500 y 128 respectivamente, que existen en la actualidad) 3. Disminución del financiamiento público a partidos políticos. 4. Desaparición de los Organismos Públicos Locales Electorales y los Tribunales Electorales de las entidades federativas. 5. Elección de los Consejeros del INEC y los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mediante el voto popular.

Sobre el primer punto: El rediseño de este Instituto tendría como fin primordial la optimización del ejercicio del gasto público. (Buscar hacer más, con menos) La inclusión de la atribución sobre las consultas, como parte de la denominación del instituto, es un paso natural e importante, que no se había considerado desde que se incorporaron las fracciones VIII y IX al artículo 35 constitucional (consulta popular y revocación de mandato.)
En relación al punto 2, todo depende del modelo de representatividad que se pretenda implementar, sin embargo, es indispensable eliminar del imaginario colectivo la idea equivocada de que los diputados de representación proporcional no son electos en votación popular, y son “impuestos” por los partidos. Los puntos 3 y 4 también se plantean con una tendencia a disminuir costos de operación del sistema electoral, pero se podría abrir la puerta a financiamiento irregular.

Flor de loto: Toda propuesta de reingeniería institucional, debe tomar en cuenta sus posibles efectos colaterales. Como en el juego de “jenga.” Cada pieza que se mueva, podría provocar el colapso del sistema.


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