En un sinnúmero de versículos, la Biblia hace alusión a la expresión: La luz del pueblo de Dios. Una de las más ejemplificativas, aparece en Mateo 5:14, el cual describe lo siguiente: “Vosotros sois la luz del mundo. Una ciudad situada sobre un monte no se puede ocultar”.
En el México de hoy, la luz del pueblo como dogma democrático es la fórmula -simplista y demagógica- que se presenta como la solución a todos nuestros problemas. Pareciera que estamos ante la panacea para despejar las profundas crisis que vivimos en México, bajo la idea de que el pueblo lo debata todo, lo decida todo y lo vote todo, pero no por las vías, a través de los órganos y por conducto de los poderes que establece la Constitución, sino por encima de la propia norma fundamental; se trata pues, de la instauración de una especie de soberanía anárquica.
A quienes postulan hoy esta fórmula con vehemencia dogmática, tenemos que recordarles algunos pasajes de la historia contemporánea, en los que “la luz del pueblo”, significó el oscurantismo total. Hitler y el Partido Nazi no llegaron al poder mediante un golpe de Estado, por el contrario, lo alcanzaron respetando los procesos políticos y electorales de Alemania. Una vez en el poder, entre 1933 y 1938, Hitler impulsó una propaganda en todas las plazas públicas, a través de la cual expresaba -entre otras cosas- al pueblo alemán, por una parte, la necesidad de emprender un proceso de deshumanización de las personas judías y, por otra, solicitaba a mano alzada el respaldo popular para ejecutar el holocausto y la invasión de Europa.
La estrategia de Hitler de legitimar en las calles y bajo el respaldo popular lo que ya tenía decidido hacer en el Parlamento alemán, en realidad constituyó una jugada maestra para demoler el Estado de Derecho desde dentro, aniquilar la dignidad y los derechos humanos de minorías y otros grupos sociales e invadir la soberanía de otros pueblos y países de Europa.
Estas y otras experiencias del Siglo XX, dieron pie a que en la teoría constitucional contemporánea surgiera la idea de lo: indecidible en las democracias. Esta noción, acuñada en su día por Ferrajoli, implica que los principios y derechos fundamentales reconocidos en la Constitución constituyen una prohibición concreta para todos los poderes -incluido el Legislativo- de emitir actos que alteren ese concreto contenido fundamental. Esto equivale a decir que la libertad de configuración de todos los poderes públicos está acotada, de manera que éstos no pueden poner a debate los principios y derechos constitucionales, ni modificarlos de manera regresiva.
Con razón Dworkin sostuvo que los derechos humanos son el mejor entendimiento –un triunfo- de la razonabilidad y legitimidad que justifican las decisiones políticas que se toman en el Estado. Vistos desde esta dimensión democrática, no cabe duda de que los derechos fundamentales y los principios de la Constitución son también el resultado de una autodefinición política, de un programa político concreto que establece a todos los poderes restricciones como fuente para su legitimación; dicho en una expresión, el pueblo habla a través de la Constitución, y es por medio de ésta que ejerce su soberanía, todo lo que políticamente se haga al margen de la vía constitucional es un fraude a la democracia, aunque para ello, se eche mano de: la luz del pueblo.