En medio de la Copa Mundial 2026 y el auge de la demanda por playeras de la Selección Mexicana, autoridades recordaron que la venta de productos apócrifos constituye un delito grave según la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
El artículo 402 de dicha legislación establece que falsificar una marca con fines de especulación comercial incluye prácticas como usar signos idénticos a los registrados, producir o distribuir mercancía con falsificaciones y comercializar productos con denominación de origen sin la certificación correspondiente.
De acuerdo con los artículos 403 y 404, las sanciones económicas van de 2 mil a 500 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), así como de 1 mil a 100 mil UMAs adicionales, lo que en 2026 representa multas que pueden alcanzar hasta 29 millones de pesos.
Las autoridades subrayaron que estas disposiciones buscan proteger a consumidores y a las marcas oficiales, además de combatir la competencia desleal que se intensifica durante eventos deportivos de gran magnitud como el Mundial.
La venta de playeras y artículos no autorizados en calles y tianguis de la Ciudad de México se ha convertido en un fenómeno recurrente, por lo que se exhortó a los aficionados y turistas a adquirir productos oficiales para evitar sanciones y garantizar calidad.