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Otorgan amparo a Rosario Robles

Otorgan amparo a Rosario Robles

Nación jueves 24 de junio de 2021 -


Augusto Octavio Mejía, juez Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, otorgó un amparo a la exjefa de Gobierno del Distrito Federal, Rosario Robles, con lo que podría salir de la cárcel y enfrentar su proceso en prisión domiciliaria.

El juzgador determinó que el juez de control en el Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Sur, Ganther Alejandro Villar Ceballos, no valoró correctamente la medida cautelar solicitada por Robles Berlanga para enfrentar su proceso fuera del penal de Santa Martha Acatitla.

Ordenó a Villar Ceballos dejar sin efecto la audiencia de 30 de abril de 2020, de la causa penal 314/2019, a partir del momento en que resolvió respecto de la revisión de la medida cautelar solicitada por la defensa de la quejosa.

“Hecho lo anterior, señale hora y fecha para que se lleve a cabo una nueva audiencia de revisión de medida cautelar, en la que, tomando en consideración el debate de las partes técnicas en la audiencia referida en el numeral anterior, y sin dar oportunidad a que se expongan argumentos adicionales, con plenitud de jurisdicción, de manera fundada y motivada, emita una nueva determinación sobre la continuación de la medida de prisión preventiva justificada, o de ser procedente, resolver sobre una o diversas a la solicitada”, detalla la sentencia.

Robles ha permanecido recluida desde agosto de 2019 por el delito de ejercicio indebido del servicio público, al ocasionar daño al erario federal por más de 5 mil millones de pesos, caso conocido como La Estafa Maestra.

La defensa de Robles Berlanga argumentó la inconstitucionalidad del artículo 166, del Código Nacional de Procedimientos Penales, ya que la citada codificación, se advierte que es “necesario” que el imputado sea una persona mayor de 70 años de edad, para que el órgano jurisdiccional pueda ordenar que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la imputada.

“Por lo cual, quedan en desventaja las personas que, de acuerdo a la ley, son adultos mayores, que tienen 60 años de edad o más, y que no pueden acceder al beneficio de la prisión preventiva domiciliaria”, expuso la defensa.

La defensa de la extitular de la Sedesol también refutaron el argumento del juez Ganther Alejandro Villar Ceballos, quien determinó que no existía una certeza sobre el domicilio de residencia de la imputada, al admitir como prueba en su contra documentos que comprobaban que, además del domicilio que Robles había brindado inicialmente, residía en otros dos inmuebles.

“Los domicilios ubicados en “Reforma 222 y Tennyson 223”, no son propiedad de la quejosa, sino que los utilizó de forma temporal a través de la suscripción de diversos contratos de arrendamiento”, argumentaron los abogados.

Foto: Internet.

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OC/CR

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