La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a petición de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, decidió por unanimidad revocar la suspensión concedida a una asociación civil en un caso de amparo que impedía la celebración de corridas de toros en la Monumental Plaza de Toros México.
Los Ministros argumentaron que la asociación no demostró una amenaza inmediata e irreparable que justificara la medida provisional mientras se resuelve el caso.
Además, señalaron que, de acuerdo con el artículo 131 de la Ley de Amparo, la concesión de la suspensión no puede alterar derechos existentes ni establecer nuevos derechos para el demandante.
En este sentido, consideraron que la suspensión otorgada afectaba los derechos legalmente establecidos de quienes participan en las corridas de toros, una actividad reconocida y regulada por diversas leyes.