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SAT: Declaración Anual 2023

SAT: Declaración Anual 2023

Nación miércoles 15 de febrero de 2023 -

Conoce los aspectos más importantes sobre el reporte de gastos realizados en 2022 que las personas físicas y morales deben entregar en abril del presente año al Servicio de Administración Tributaria (SAT) como parte de sus obligaciones fiscales.

En esta declaración anual se deben incluir ingresos y gastos de enero a diciembre del 2022. Las personas morales tienen hasta el 31 de marzo para hacerlo, mientras que la fecha límite para personas físicas es el 30 de abril.

Hay gastos que los contribuyentes pueden restar de sus ingresos acumulables de la Declaración Anual del ejercicio, para ello es necesario tener un comprobante de cada pago. Los ámbitos de estas deducciones personales son: salud, como honorarios médicos, gastos hospitalarios, honorarios a enfermeras, análisis, estudios clínicos, compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, prótesis, compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales; educación, se contemplan colegiaturas en instituciones educativas privadas; gastos funerarios; intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios; donativos; aportaciones complementarias de retiro; pago por impuestos locales.

Se puede obtener un saldo a favor, a través de las deducciones en la Declaración Anual. Hay que tomar en cuenta que el monto total de las deducciones personales (sin contar gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro y estímulos fiscales) no puede ser mayor a Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de los ingresos, lo que sea menor.

Es común que los gastos facturados se encuentren registrados y cargados en el portal del SAT, ingresando a la página se visualiza que sea de esa manera y también está la opción para presentar la Declaración Anual. Por ello, para realizar el trámite no es obligatoria la participación de un contador, de acuerdo con Hacienda, pero sí es recomendable para evitar errores y agilizar el proceso.

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CA/CR

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