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SCJN Invalida Articulos de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México

SCJN Invalida Articulos de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México

Nación martes 11 de julio de 2023 -


El proyecto de Yasmín Esquivel Mossa planteó que el Congreso local no tiene competencias para regular, en términos del artículo 73 constitucional, sobre aspectos que inciden en el internamiento de personas privadas de su libertad.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales diversas disposiciones de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, publicada el 2 de septiembre de 2021.

El proyecto presentado por Yasmín Esquivel Mossa también menciona que el Congreso local carece de competencias para regular aspectos como la regulación de las bases de datos de las personas privadas de la libertad que ingresan a centros penitenciarios, las entrevistas y comunicación con el exterior, ya sea con defensores o familiares, la capacitación para el trabajo y administración de las ganancias o remuneraciones, la atención médica, higiene y tratamiento de adicciones, entre otros aspectos relacionados con la salud y el régimen de visitas general e íntima.

La propuesta concluyó que las disposiciones reclamadas resultan inconstitucionales, por haberse expedido sin competencia constitucional para legislar en materia de ejecución de penas.

En cuanto a la permanencia de los menores en los centros penitenciarios con sus madres y padres, se resolvió que corresponderá a las y los jueces determinar el tiempo en los que puedan convivir con ellos, atendiendo al interés superior de la niñez, sin que lo resuelto por la Corte pueda afectar sus derechos adquiridos.

Cabe precisar que las resoluciones adoptadas en el Pleno del Alto Tribunal no significan que queden inexistentes las normas que regulan al Sistema Penitenciario de la Ciudad de México, pues serán aplicables las reglas previstas en la Ley Nacional de Ejecución Penal.

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JM/CR

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