La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovieron senadores de la oposición contra las reformas que permiten a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) congelar cuentas bancarias sin notificar previamente al usuario por sospechas de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Otorgó 15 días hábiles al Poder Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión para que rindan sus informes respectivos.
Hasta ahora no se informó qué ministro dio entrada a este recurso.
Fue en febrero del año pasado cuando la Cámara de Diputados aprobó reformas para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) pueda introducir a una persona a la lista de personas bloqueadas con el sólo indicio de que se encuentra relacionada con los delitos de financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Asimismo, se eliminó la obligación de la UIF de notificar por escrito a los usuarios sobre el congelamiento de sus cuentas.
Las modificaciones a la Ley de Instituciones de Crédito fue aprobada en febrero pasado y el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de este año.
De acuerdo con la legisladora morenista Lidia García, la reforma no es contra la delincuencia organizada, sino contra personas físicas y morales que han visto vulnerados sus derechos.
Sin embargo, el presidente de la Comisión de Hacienda, Luis Armando Melgar, aseguró que la reforma respeta los derechos procesales de las personas.
Imagen: Cuartoscuro