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SCJN decidirá si Yucatan debe legislar sobre matrimonio igualitario

SCJN decidirá si Yucatan debe legislar sobre matrimonio igualitario

Nación miércoles 22 de julio de 2020 -

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo un amparo interpuesto por un colectivo civil que denunció al Congreso del estado de Yucatán por haber desacatado la jurisprudencia del máximo Tribunal del país con respecto al matrimonio igualitario, al votar en contra de reconocer las uniones entre personas del mismo sexo en 2019.

La Primera Sala de la Corte, en votación dividida 3-2, determinó que conocerá del asunto, donde se argumenta que la Legislatura yucateca no ha modificado su legislación para “ajustarse a los parámetros de regularidad constitucional en materia de discriminación”, en específico el matrimonio igualitario.

Los ministros lo determinaron así, ya que cumple con el requisito de interés, ya que se trata de un tema de discriminación hacia las personas de la comunidad LGBT+, al negarles que puedan, por un lado, acceder a la figura del matrimonio.

Pero además, involucra a la impartición de justicia como mecanismo de garantía para ejercer su derecho a acceder al matrimonio y en consecuencia a no ser discriminados y excluidos. La demanda de amparo fue interpuesta por el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán, que aseguran que los legisladores que rechazaron legislar el matrimonio igualitario “violaron el Pacto Federal”.

En la demanda, el Colectivo PTFY, conformado por personas de la comunidad LGBT+ y personas aliadas, señaló que la jurisprudencia de la SCJN (que data de 2015) indicaba una orden general a los Congresos locales de adecuar su legislación civil y familiar para garantizar que todas las parejas que constituyen una familia, independientemente de su conformación, puedan acceder a los distintos derechos que otorga la figura del matrimonio.

Sin embargo, el Congreso de Yucatán se negó a cumplir con los mandatos de la Corte. En abril y julio de 2019, en dos votaciones distintas, los legisladores de aquel estado en el sureste del país rechazaron el matrimonio igualitario. Pero, además, realizaron ambas votaciones en secreto.

El caso llegó al máximo Tribunal del país porque un Juez de Distrito resolvió sobreseer en el juicio de amparo. Dicha determinación fue impugnada en el recurso de revisión, que fue el que se solicitó atraer a la SCJN, quien este martes realizó dicha acción.

El ministro presidente de la Corte indicó también que hay temas muy importantes donde los Congresos locales han hecho caso omiso de las decisiones que el Pleno ha tomado en su momento, como es el caso del matrimonio igualitario, uno de los más prominentes.

Esta referencia fue dirigida al estado de Baja California, donde apenas el jueves pasado una iniciativa para avalar los matrimonios entre personas del mismo sexo no pudo alcanzar la mayoría calificada que se necesitaba, a pesar de que la mayoría de los legisladores estaban a favor del dictamen.

La SCJN determinó desde 2015 que el matrimonio igualitario es constitucional, por lo que las entidades federativas de la República deben cumplir con ese mandato.

Sin embargo, apenas nueve estados permiten el acceso sencillo a esta institución.

En 15 estados del país, las personas del mismo sexo que deseen casarse lo pueden hacer a través de amparos, mientras que en otras cuatro, se puede realizar el proceso jurídico a través de un acuerdo. En cuatro estados más, la Suprema Corte ha obligado a cumplir a las autoridades locales con el mandato.

Juan Aguilar
Información Infobae
Foto redes

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JA/CR

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