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SCJN establece lineamientos para que Congresos estatales atiendan a las infancias trans

SCJN establece lineamientos para que Congresos estatales atiendan a las infancias trans

Nación lunes 07 de marzo de 2022 -

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que finalizó con la discusión de la acción de inconstitucionalidad 73/2021, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Ya que la CNDH impugnó el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla, que impedía a los menores de edad ejercer el derecho de solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento bajo su identidad de género autopercibida.

Al exponer los efectos de la declaratoria de invalidez, la ministra Yasmín Esquivel Mossa precisó el parámetro constitucional como los lineamientos que los órganos legislativos deben atender para establecer el procedimiento que, en mayor medida, proteja el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

Lo anterior tiene como objetivo que los menores de edad ejerzan el derecho a la rectificación de su acta de nacimiento con motivo de su identidad de género autopercibida que para este asunto.

Por ello, el Congreso del Estado de Puebla deberá establecer un procedimiento que contemple, al menos, los siguientes puntos esenciales:

1. Que sea ágil, expedito, gratuito, sencillo y eficaz, enfocado en la adecuación integral de la identidad de género autopercibida, y basado sustancialmente en el consentimiento libre e informado del menor.

2. Que el menor pueda registrar y/o cambiar, rectificar o adecuar su nombre y demás componentes de su identidad mediante la emisión de un acta nueva, sin verse obligadas a detentar otra identidad que no lo representa.

3. Que no tenga requisitos basados en prejuicios o estereotipos, como la acreditación de procedimientos quirúrgicos u hormonales, entre otros.

4. Que se efectúe a través de sus tutores o bien, de un representante legal y con la voluntad expresa de la persona menor de edad, y con la asistencia de la procuraduría de los derechos de la infancia.

5. Deben ser confidenciales y los documentos de identidad no deben reflejar los cambios de la identidad de género.

<blockquote class="twitter-tweet"><p lang="es" dir="ltr">Se establecieron los lineamientos que deberá incorporar el Congreso de Puebla al legislar sobre la rectificación del acta de nacimiento de infancias y adolescencias trans, para que puedan ejercer su derecho a la identidad de género autopercibida.<br>???? <a href="https://t.co/R4QV1nF8C6">https://t.co/R4QV1nF8C6</a> <a href="https://t.co/vdFP5e8U8W">pic.twitter.com/vdFP5e8U8W</a></p>&mdash; Suprema Corte (@SCJN) <a href="https://twitter.com/SCJN/status/1500970632330285060?ref_src=twsrc%5Etfw">March 7, 2022</a></blockquote> <script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script>
Con información de agencias
Foto: Cuartoscuro


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OR/CR

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