La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no intervenir en un amparo que busca definir si la información relacionada con la adquisición de Fertinal por parte de Petróleos Mexicanos (Pemex), durante la administración de Enrique Peña Nieto, debe ser pública o mantenerse como confidencial.
El caso se remonta a 2019, cuando un usuario de la Plataforma Nacional de Transparencia solicitó a Nacional Financiera (Nafin) acceso a dos contratos de crédito firmados por Pemex y PMX Fertilizantes del Pacífico. Estos contratos financiaron la compra de Grupo Fertinal en 2015, incluyendo un crédito por 209 millones de dólares y un refinanciamiento por 425 millones de dólares. Sin embargo, Nafin se negó a proporcionar los documentos, argumentando que la información estaba reservada por ser confidencial.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) dictaminó que los datos debían ser revelados, ya que implican el manejo de recursos públicos. Banco Azteca, uno de los involucrados en la operación financiera, respondió promoviendo un amparo para mantener los contratos bajo secreto bancario. La institución argumentó que había prestado los servicios crediticios utilizando recursos captados en el mercado nacional, por lo que la información debía protegerse como confidencial.
En un primer fallo, un juzgado de distrito respaldó la postura del INAI, afirmando que el caso Fertinal involucra fondos públicos y que, además, se habían iniciado procedimientos de responsabilidad por parte de la Auditoría Superior de la Federación y la Secretaría de la Función Pública.
Inconforme con la decisión, Banco Azteca presentó un recurso de revisión, que fue asignado al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México. Este tribunal solicitó a la SCJN que atrajera el caso para definir si debía prevalecer el derecho a la información o el secreto bancario.
La ministra Lenia Batres Guadarrama elaboró un proyecto en el que recomendó no atraer el asunto, argumentando que la legislación en materia de transparencia ya establece que el secreto bancario tiene una protección limitada cuando se involucran recursos públicos. "El máximo tribunal no necesita intervenir para jerarquizar estos derechos", planteó en su propuesta.
Por unanimidad, los ministros de la Segunda Sala aprobaron el proyecto, dejando en manos del tribunal colegiado la resolución definitiva del caso.