Se impugnó la suspensión de las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, por la que éstas no tuvieran aplicación en los estados de México y de Coahuila. Así lo informó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF).
La suspensión fue ordenada por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán; sin embargo, la CJEF explicó que las normas expedidas por el Congreso de la Unión, sólo pueden invalidarse con el voto de ocho ministros.
Cabe mencionar que ante la acción de Pérez Dayán, “constituye un fraude a la Constitución (que el ministro) se separe indebidamente de las reglas del procedimiento, lo que desnaturaliza los medios de control constitucional y en la medida en la que el juzgador respeta o no el sentido original de la norma, su decisión será calificada de democrática o antidemocrática”, comunicó la CJEF.
En este sentido, también se señaló que es preocupante la orden que realizó el ministro Alberto Pérez, ya que no existe indicio de algún hecho que afecte al sistema democrático para entonces suspender la aplicación de las leyes aprobadas por el Congreso de la Unión.
Por su parte, Pérez dijo que la CJEF, “pierde de vista que el Congreso de la Unión reformó la Ley General de Comunicación Social en cumplimiento a una sentencia firme de la Primera Sala de la SCJN, lo cual constituye un hecho notorio y público”.
La Consejería argumentó acerca de la suspensión en controversias constitucionales que “la prohibición de otorgarlas respecto de normas generales incluye a los artículos transitorios y sus efectos”.