La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México ha levantado 166 infracciones de vehículos y motocicletas por incurrir en la práctica de competencias vehiculares de alta velocidad o "arrancones", por lo que los participantes fueron presentados ante un juez cívico, que es el encargado de determinar la sanción correspondiente.
Autoridades explicaron que entre el 15 y 17 de mayo, oficiales de tránsito realizaron despliegues y recorridos constantes en avenidas como Gran Canal, Calzada de Tlalpan, Viaducto Miguel Alemán, Río Mixcoac, Insurgentes, Avenida Central, Eje 1 Norte y Ferrocarril de Cintura, entre otras, para disuadir y sancionar a quienes pretenden practicar carreras clandestinas.
Como resultado de estas acciones, cinco vehículos fueron trasladados a un depósito vehicular y una persona quedó a disposición del juez cívico, detalló la dependencia en un comunicado.
Este despliegue se lleva a cabo en coordinación con personal de los centros de Comando y Control C2 y C5, quienes permanecen atentos de las vialidades a través de las cámaras de viodeovigilancia instaladas en la ciudad, con lo que se llevan a cabo cercos virtuales que permiten la detención de personas y la disuasión de esas prácticas.
Los operativos se llevan a cabo en un horario de 23:00 a 5:00 horas del día siguiente, en vialidades concurrentes por los participantes en ese tipo de actividades clandestinas.
La SSC recordó a la ciudadanía que, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito vigente, en el Artículo 34, se estipula que está prohibido el uso de la infraestructura vial para organizar o participar en competencias vehiculares de alta velocidad, acrobacias y demás maniobras riesgosas.
En caso de infringir este artículo, las sanciones van desde el pago de una multa de 21 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como un arresto administrativo de hasta 36 horas, la remisión del vehículo a un corralón y la pérdida de seis puntos en la licencia de conducir.
En tanto, la Ley de Cultura Cívica señala en su Artículo 28 del Título Tercero, que quien participe, organice o induzca a otros a realizar estas acciones será presentado ante un juez cívico, quien fijará la multa, el arresto o trabajo comunitario, de acuerdo con el Artículo 31 de dicha normativa.
Juan Aguilar
Información de Notimex
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