El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) informó la sustitución del proyecto de resolución correspondiente al expediente SUP-RAP-96/2026, a solicitud del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón. La medida se realizó conforme a los lineamientos establecidos en el Acuerdo General 9/2020 de la Sala Superior, que regula la presentación y modificación de proyectos de sentencia.
El caso se originó en denuncias de ciudadanos que manifestaron desconocer su afiliación al partido Morena, al no haber otorgado consentimiento para formar parte de su padrón de militantes. La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) ordenó la desafiliación inmediata de los quejosos, lo que motivó al partido a interponer un recurso de apelación.
En su resolución inicial, la Sala Superior determinó sobreseer los agravios relacionados con el trámite de los procedimientos sancionadores, al considerarlos actos preparatorios, y confirmó la orden de desafiliación al señalar que basta la voluntad de los ciudadanos para dejar de pertenecer a un partido político.
La sustitución del proyecto implica ajustes en el análisis jurídico, pero mantiene la vigencia del principio de que la desafiliación depende únicamente de la voluntad ciudadana, sin necesidad de mayores requisitos.