El día de ayer en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México se dio inicio al proceso electoral local 2023 y 2024 en la ciudad, con ello el compromiso irrestricto del cumplimiento de los principios rectores de la función electoral, esto es, la certeza, la legalidad, la independencia, la imparcialidad y la objetividad con la convicción de garantizar el derecho de la ciudadanía al voto libre y secreto, de forma informada, segura y pacífica.
Asimismo, se aprobaron los Lineamientos para la postulación de candidaturas a Jefatura de Gobierno, Diputaciones, Alcaldías y Concejalías de la Ciudad de México, esto es las reglas para el registro de las candidaturas, la sustitución de las mismas, los convenios tanto de coalición como de candidatura común, la postulación para la elección consecutiva, los bloques de competitividad, así como las acciones afirmativas que deberán cumplir los partidos políticos en sus postulaciones.
En este particular punto hay que destacar que nuestra Ciudad se ha caracterizado por ser una entidad de vanguardia en México, esto es, siempre se han dado pasos en la construcción de la inclusión y este Instituto seguirá formando parte del avance que daremos en este proceso electoral.
Derivado de la reforma realizada al Código electoral local del pasado 2 de junio, se establecieron una serie de acciones afirmativas en los artículos 14 y 16 con la finalidad de eliminar la discriminación y garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, especialmente para tomar parte en las elecciones.
En ellos se establece de forma obligatoria la inclusión en las postulaciones de grupos de atención prioritaria formados por:
Personas con discapacidad.
Pertenecientes a pueblos y barrios originarios, o comunidades indígenas residentes.
Personas de la diversidad sexual y de género.
Personas afromexicanas.
Personas adultas mayores.
En los Lineamientos aprobados se regulan de forma obligatoria para las Diputaciones de mayoría relativa:
Siete fórmulas de personas jóvenes de hasta 35 años, una debe estar en los bloques de competividad alto o medio.
Una fórmula de cada grupo de atención prioritaria una de las cuáles debe estar en el bloque alto y otra en el medio.
En el caso de Diputaciones de representación proporcional
Cuatro fórmulas de personas jóvenes
Una fórmula de personas de algún grupo de atención prioritaria
Para el caso de Concejalías
Una fórmula candidatura de personas jóvenes de hasta 29 años.
Una fórmula candidatura de personas de algún grupo de atención prioritaria.
Finalmente, se incluyó como parte de las fórmulas potestativas para Diputaciones tanto de mayoría relativa como de representación proporcional, a dos fórmulas de personas de algún grupo de atención prioritaria reconocido en el artículo 11 de la Constitución Local y para Concejalías una candidatura de personas pertenecientes a dichos grupos.