El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto, criterio que será obligatorio para todos los jueces en México.
Con votación unánime, este martes se reinició la discusión sobre la penalización del aborto en el estado de Coahuila, en la que ocho ministros se pronunciaron por declarar inconstitucional medidas en contra de la mujer.
Cabe recordar que el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, establece hasta tres años de cárcel a quienes abortan de forma voluntaria.
En su intervención, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, destacó que la Constitución federal no prohíbe el aborto y su castigo solo se traduce en una sanción al ejercicio de derechos como la dignidad humana, la autonomía, libre desarrollo de personalidad, igualdad jurídica, la salud y libertad reproductiva.
Por ello, votó a favor del proyecto del magistrado Luis María Aguilar, por declarar inconstitucional del mencionado artículo 196. Agregó que se debe profundizar más sobre la ponderación del derecho a decidir y el derecho a la vida.
“Hoy se destierra la amenaza de prisión que pesaba sobre las personas que deciden interrumpir voluntariamente su embarazo”, dijo Aguilar Morales.
El ministro, quien presentó el proyecto ante el Pleno ayer lunes, dejó en claro que la propuesta no busca defender el derecho al aborto, sino el derecho de la mujer a decidir libremente sobre su vida.
Imagen: Cuartoscuro