Como se ha comentado en otras ocasiones, existen diversas propuestas de reforma que circulan entre los integrantes de los grupos parlamentarios en ambas cámaras del Congreso de la Unión; una de ellas tiene que ver con la reingeniería de la justicia electoral, la cual me llamó particularmente la atención, pues la traen en mente varios diputados con los que he platicado últimamente.
Dicha inquietud, básicamente tiene que ver con crear un Tribunal Electoral Nacional (TEN), constitucionalmente autónomo, conformado por: una Sala Superior integrada por cinco magistraturas; una Sala Especializada en Procedimientos Sancionadores con tres magistraturas (conocería tanto de ordinarios como de especiales); y treinta y dos salas estatales, cada una de ellas con tres magistraturas.
En este modelo, desaparecerían todos los tribunales electorales locales y las cinco salas regionales del actual Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Las magistraturas de todas las nuevas salas serían designadas por el Senado de la República, sin la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), previo examen de conocimientos en derecho procesal y electoral, y entrevista ante la Comisión de Justicia.
La intención de excluir a la Corte tiene por objeto democratizar el proceso de selección, pues se dice, se comenta y se rumora, que previo a ser emitida la convocatoria atinente, diversos personajes, tanto del TEPJF, como de la SCJN, se ponen de acuerdo sobre los perfiles a impulsar, lo cual, en caso de ser cierto, es “una tradición” que se debería erradicar, pues se presta a suspicacias; aunado a que el TEN, no formaría parte del Poder Judicial.
Además, en el actual formato, se coloca a las personas aspirantes en una complicada dinámica de andar deambulando por los pasillos del edificio de José María Pino Suárez en busca del tan anhelado voto, que es discrecional, y muchas de ellas, ni siquiera son recibidas por las ministras y los ministros, pues en ese peculiar cabildeo, tienen ventaja quienes laboran en las ponencias de la Corte, y las y los magistrados electorales en funciones; lo cual no es acorde a los principios de equidad e igualdad de oportunidades para quienes no están activos en los órganos jurisdiccionales, cuando lo correcto sería que la trayectoria, experiencia y capacidad, fueran los factores determinantes.
De igual manera, el objetivo es abrogar la actual Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y sus similares en las entidades federativas, a efecto de emitir la Ley Nacional de Medios de Impugnación Electoral, en la cual, entre otros aspectos: se reduzca el número de juicios, recursos y remedios procesales; se prevea un plazo único de cuatro días para impugnar; se transite a un sistema de libre apreciación de la prueba; y se establezca un plazo para resolver los asuntos a partir de su recepción y no de su admisión.
Esperemos que el tema presupuestal no sea un obstáculo para que estas ideas transiten.
Plancha de quite: “El magistrado es la ley que habla; la ley es un magistrado mudo.” Cicerón.