Columnas
La integridad electoral como virtud o valor ha ganado una fuerte presencia no solo en los espacios académicos en todo el mundo para estudiar y explicar los procesos electorales en general y las elecciones en especial, sino también en el trabajo cotidiano de las autoridades electorales, tanto administrativas como jurisdiccionales, que inclusive la asumen como principio rector o como derecho ciudadano cuyo ejercicio ven como digno de promoción, protección, resguardo y defensa.
Transparencia Internacional y la organización U4 Centro de Información Anticorrupción del Michelsen Institute de Noruega, publicaron recientemente un reporte relevante intitulado “La Relación entre la Integridad Electoral y la Corrupción”, que hay que leer completo.
Me detengo en la parte conceptual del documento, por considerarla fundamental para empezar a esclarecer un campo de estudio dinámico necesitado de estabilidad teórica, para arribar a una mejor métrica, sobre todo en estos tiempos en los que los sistemas políticos democráticos están mutando.
Reconocen que hay conceptualizaciones contrapuestas sobre la integridad electoral en la literatura académica. Citan un estudio particular que identificó 24 estudios que conceptualizan la integridad electoral, mismos que agrupan en función de tres aspectos.
En el primer aspecto: la integridad electoral se define positiva o negativamente. Que las conceptualizaciones positivas definen la integridad electoral especificando la presencia de ciertos criterios, utilizando términos como elecciones libres y justas, elecciones limpias y calidad electoral. Por su parte, que las conceptualizaciones negativas de la integridad electoral enfatizan la ausencia de aberraciones como el fraude electoral o la manipulación electoral.
En el segundo aspecto: la integridad electoral se define mediante criterios particulares o universales. Que los enfoques universales definen la integridad electoral mediante un estándar democrático universal (generalmente basado en la teoría democrática o el derecho internacional), mientras que los enfoques particularistas la definen en referencia a los ciudadanos y las partes involucradas.
En el tercer aspecto: la integridad electoral se define mediante un enfoque basado en procesos o conceptos. Dice el estudio referido que los enfoques basados en conceptos definen la integridad electoral basándose en estándares democráticos ideales, mientras que los enfoques basados en procesos se centran en el ciclo electoral y los procesos tal como ocurren antes, durante y después del día de las elecciones.
Advierte, con tino, que estas diferentes conceptualizaciones tienen implicaciones para la operacionalización y la medición. Advierte que podría decirse que las definiciones negativas, que normalmente se centran en los actores y la intencionalidad, son más difíciles de medir debido a las dificultades para distinguir entre actos intencionales e incapacidad organizacional. Además, que dado que las definiciones particularistas pueden ser más sensibles al contexto, ya que las elecciones difieren en diferentes entornos, pueden no ser apropiadas para estudios comparativos entre países.
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