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Magistrado del TEPJF propone que AMLO mantenga entrevista en redes

Magistrado del TEPJF propone que AMLO mantenga entrevista en redes

Nación viernes 29 de marzo de 2024 -

Al considerar que dictó una medida contradictoria, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso al pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocar la orden que dio el INE al presidente Andrés Manuel López Obrador para que retirara de sus redes sociales una entrevista.

El 14 de marzo pasado, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó eliminar o modificar la entrevista que concedió López Obrador a la periodista de origen ruso Inna Afinogenova para el Canal Red, ya que el mandatario hizo referencia al proceso de sucesión presidencial en marcha, así como a los perfiles que compiten electoralmente por su movimiento, particularmente la candidata presidencial, Claudia Sheinbaum.

Cabe destacar que por este hecho, López Obrador afirmó que el INE se comportó como “la Inquisición” por ordenarle retirar de sus redes sociales la entrevista.

En un proyecto difundido este jueves, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón da la razón a una impugnación presentada por el presidente de la República, al considerar que la Comisión de Quejas incurrió en una violación al principio de congruencia interna, puesto que emitió consideraciones contrarias entre sí.

Lo anterior, porque la Comisión declaró la improcedencia de eliminar la difusión de dicha entrevista del portal de YouTube, del Canal Red Latinoamérica, pues consideró que se trata de una actividad periodística.

Sin embargo, en la misma determinación, la Comisión consideró procedente la medida precautoria para que el presidente modificara o eliminara la difusión de esa misma entrevista de sus redes sociales y de cualquier plataforma digital oficial.

“Es decir, la incongruencia en la que incurrió la Comisión de Quejas se actualiza en el caso, porque no pueden realizarse dos pronunciamientos contradictorios entre sí, sobre un mismo hecho, como en el caso sucedió con la publicación de la entrevista materia de esta controversia, con independencia del medio en que se difundan.

“Esta Sala Superior considera que fue correcta la primera de las conclusiones a las que llegó la Comisión de Quejas en el sentido de que, al gozar la entrevista en cuestión de la presunción de validez del ejercicio periodístico resultaba improcedente en su totalidad el dictado de la medida cautelar solicitada por los denunciantes”, mencionó el proyecto que podría discutirse la próxima semana.


Imagen: Especial


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FT/CR

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