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Modificarán acuerdo para que la mañanera sea transmitida en Coahuila e Hidalgo a pesar de elecciones

Modificarán acuerdo para que la mañanera sea transmitida en Coahuila e Hidalgo a pesar de elecciones

Nación miércoles 02 de septiembre de 2020 -

Esta tarde la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) modificar el acuerdo que impedía que la radio y televisión pudiesen transmitir las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en los estados de Coahuila e Hidalgo, donde habrá elecciones el 18 de octubre, por lo que el INE tiene 48 horas para modificar y publicar la modificación al acuerdo

Cabe recordar que esta medida fue tomada ya que algunas entidades se lo solicitaron al INE, la medida era muy explícita se debía suspender la transmisión de determinada propaganda gubernamental en los estados de Coahuila e Hidalgo.

Tras la reanudación de los comicios en ambas entidades, el Consejo General del INE aprobó el pasado 26 de agosto un acuerdo en el que dio respuesta a las consultas relacionadas con propaganda gubernamental para los procesos electorales, en el que incluyó el numeral décimo primero: “Los concesionarios de radio y televisión deberán abstenerse de difundir, de manera ininterrumpida, las conferencias de prensa matutinas en las señales de origen de Hidalgo y Coahuila o en las vecinas o aledañas que tengan cobertura en éstas (sic.) entidades”.

Ante esta situación Morena interpuso un recurso de apelación. Hoy, la Sala Superior consideró que atendiendo a que, de conformidad con la propia reglamentación del Instituto, la materia del acuerdo debió constreñirse a la calificación de las solicitudes que recibió por cuanto a la difusión de programas específicos de gobierno.

Es decir, a pesar de que ninguna de las solicitudes que fueron formuladas a la autoridad electoral contenía referencia alguna o sometían a su consideración el que se determinara si las conferencias matutinas podían considerarse como una de las excepciones constitucionales a la propaganda gubernamental, el Consejo General emitió un pronunciamiento por cuanto a su regularidad constitucional. Al haberse pronunciado el INE respecto de la difusión de actos de gobierno que no fueron sometidos a su consideración, el análisis y el pronunciamiento de la autoridad, en cuanto a esa temática, determinó la Sala Superior, careció de sustento normativo.

Juan Aguilar
Información de agencias
Foto redes

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JA/CR

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