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Revocación de mandato en Latinoamérica

Revocación de mandato en Latinoamérica

Columnas jueves 12 de agosto de 2021 -

Sergio González
Retomo revocación de mandato en Bolivia, Colombia, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela.
4.- Cantidad de votos que se exige para poner fin anticipado a un mandato. Ecuador demanda el apoyo de la mayoría absoluta de las y los sufragantes en el caso de revocación presidencial. Para cualquier otro cargo, exige mayoría absoluta de los votos válidos emitidos. Esta exigencia es igual a la de Perú y cercana a la de Colombia, que lo calcula respecto de los votos totales. Venezuela y Bolivia sólo requieren que los votos a favor de la revocatoria superen los emitidos en contra y que las voluntades dispuestas a revocarlo igualen o superen en número a aquellas que lo invistieron en el cargo. Finalmente, Panamá pide mayoría simple de sufragios.
5. Umbral de participación. El mayor nivel de presencia electoral lo exigen Bolivia y Perú (50% más uno del padrón), seguido por Colombia: desde 2015, sufragios no inferiores al 40% de los emitidos en la votación válida del día en que se eligió al mandatario, al ser el sufragio no obligatorio y habiéndose disminuido respecto del anterior 55%. Venezuela lo reduce al 25 % de los electores, que sin embargo se potencia al ser el voto optativo en ese país. Panamá y Ecuador no incluyen consideración al respecto.
6. Revocatorias por mandato. Venezuela, Bolivia, Ecuador, Perú y Colombia permiten iniciar sólo un proceso por período, lo que tiende a preservar la estabilidad del representante y dar ciertas garantías a la continuidad de su gestión, favoreciendo en ese sentido la gobernabilidad. Panamá no se manifiesta sobre el asunto.
7. Causas y fundamentos para iniciar el proceso. Venezuela no exige justificación de causa para iniciar, ya que considera que el pueblo es soberano a la hora de juzgar el accionar de un funcionario por él elegido. Colombia, por el contrario, pide a la ciudadanía que sustente sus razones de revocatoria en el informe de solicitud. Similarmente ocurre con Bolivia, que solicita a la población informes que justifiquen la petición. Ecuador no sólo exige que se expliciten los motivos de la solicitud, sino que además otorga a la autoridad electoral la facultad de admitirla o rechazarla tras la evaluación de los motivos y justificaciones presentadas.
Perú también reclama fundamentación, pero no pruebas. Panamá sólo prescribe justificar las causas a los partidos que deciden revocar el mandato a ciertos representantes populares electos bajo sus siglas.
8. Personas habilitadas para participar. Bolivia, Panamá, Perú y Venezuela permiten a todas las personas empadronadas votar en un ejercicio revocatorio, pero Colombia, hasta 2002, sólo autorizaba a participar a quiénes habían votado previamente en la elección de investidura, probablemente con la presunción de que sólo quién se hubiera expresado en las urnas para investir, tendría luego el derecho de revocar (dicha restricción se eliminó en 2002). Ecuador, desde 2011, sólo permite promover una solicitud de revocatoria a los ciudadanos que acrediten su participación en la última elección.
@ElConsultor2
gsergioj@gmail.com


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