El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales dos requisitos para ocupar la Dirección de Atención a Personas Indígenas y Afromexicanas de Baja California Sur, al considerar que vulneraban los derechos de igualdad y no discriminación.
La resolución, derivada de la acción de inconstitucionalidad 124/2025 bajo la ponencia de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, invalidó la exigencia de acreditar un “modo honesto de vivir” y contar con un título universitario con al menos cinco años de antigüedad.
Esquivel Mossa señaló que la primera condición es ambigua y abre la puerta a valoraciones subjetivas que pueden excluir injustamente a aspirantes. En cuanto al requisito académico, advirtió que limita el acceso de personas indígenas y afromexicanas que, pese a enfrentar obstáculos históricos en la educación superior, poseen experiencia comunitaria y conocimientos relevantes para el cargo.
Con esta decisión, la SCJN reafirma que los criterios para acceder a cargos públicos deben estar vinculados directamente con las funciones a desempeñar y no convertirse en barreras de exclusión.