Claudia Bolaños
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a las autoridades penitenciarias del Estado de México implementar medidas para atender el hacinamiento y la sobrepoblación en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social Nezahualcóyotl-Bordo de Xochiaca.
El Pleno resolvió por unanimidad el Amparo en Revisión 310/2025, promovido por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), a la que reconoció interés legítimo para impugnar las condiciones de internamiento del penal.
De acuerdo con la resolución, en noviembre de 2025 el centro penitenciario tenía 5 mil 823 personas privadas de la libertad, pese a que su capacidad era de mil 834 espacios, lo que representaba una sobrepoblación de 217.5 por ciento.
La Corte determinó que el hacinamiento no constituye únicamente un problema administrativo o de infraestructura, debido a que puede afectar derechos humanos como la integridad personal y el acceso a condiciones dignas y seguras de internamiento. En determinados casos, estableció, esas condiciones pueden equipararse a tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Como parte de las medidas ordenadas, las autoridades deberán elaborar e implementar un plan multidisciplinario e interinstitucional para reducir la sobrepoblación y mejorar las condiciones del penal. Entre las acciones previstas se encuentran analizar beneficios preliberacionales para quienes cumplan con los requisitos legales y realizar traslados conforme a la legislación aplicable.
Las autoridades deberán rendir informes periódicos sobre el cumplimiento de las medidas. Además, se dará vista a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México y a la defensoría pública estatal para el seguimiento correspondiente.
La resolución establece que el Estado debe garantizar que las personas privadas de la libertad cuenten con espacio suficiente, servicios básicos y condiciones compatibles con la dignidad humana.