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SCJN suspende el decretazo de AMLO de manera provisional

SCJN suspende el decretazo de AMLO de manera provisional

Nación miércoles 15 de diciembre de 2021 -

Claudia Bolaños

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió de manera provisional el acuerdo presidencial publicado el 22 de noviembre pasado en el que clasificó como de interés público y seguridad nacional los proyectos y obras prioritarios y estratégicos del gobierno federal.

Al revisar la controversia solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) sobre el tema que buscaba resguardar la información de obras como el Tren Maya, la refinería de dos bocas, el nuevo aeropuerto de Santa Lucía y otros, se decidió suspender en lo que hace a considerar obras como de seguridad nacional y se otorguen los dictámenes, permisos y licencias necesarias para su realización.

“Se niega la suspensión, en los términos precisados en la parte denominada Apartado segundo. Es improcedente la medida cautelar solicitada para suspender las acciones que se indican en el acuerdo impugnado en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México”, acordó la SCJN.

Con ello se evitará que dicha información se clasifique como reservada, y las autoridades deberán argumentar el motivo para reservarla, como se propuso.

Esta suspensión fue concedida al admitir a trámite la controversia solicitada por el INAI publicado el 22 de noviembre pasado.

Sin embargo la suspensión es sólo una medida cautelar, y estará vigente hasta que la SCJN resuelva si el acuerdo presidencial es constitucional o no.

“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”.

Esto significa que, para mantener en reserva alguna información sobre proyectos como el Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles o el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.

En el mismo acuerdo, se niega la suspensión en lo que hace a considerar como de seguridad nacional dichos proyectos para efectos de que todas las dependencias de la administración pública federal otorguen los dictámenes, permisos y licencias necesarias para su realización.

El acuerdo del Ejecutivo nacional “declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México”

Con dicha acción, el ejecutivo federal podía blindar la información relacionada con el desarrollo de dichas obras, además de permitir la emisión de permisos o licencias provisionales, en menos de cinco días, para dar pronto inicio a su construcción.

El pasado 8 de diciembre informó que presentaría una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador con el que catalogó las obras del gobierno como asuntos de seguridad nacional.

“Jamás un derecho fundamental (el acceso a la información) puede ser limitado, interrumpido o aplazado salvo por norma constitucional o norma superior y, en caso dado de reserva de ley, por una ley correspondiente”, dijo el comisionado Francisco Javier Acuña.

Explicó que con el acuerdo presidencial había riesgo inminente de que la interpretación que se hace con el decreto sea en menoscabo del derecho al acceso a la información.


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MF/CR

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