El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició la discusión del Amparo Directo en Revisión 1597/2025, en el que se determinará cómo debe computarse el plazo de diez días para suspender una audiencia de juicio oral. El caso involucra a una víctima de violación agravada que era menor de edad al momento de los hechos, lo que llevó a la ministra Yasmín Esquivel Mossa a pronunciarse en favor de evitar su exposición nuevamente en el proceso judicial.
Durante la sesión, Esquivel Mossa coincidió con el ministro ponente en que no debe exigirse otra declaración de la víctima, con el fin de protegerla de una posible revictimización. Subrayó que el sistema penal acusatorio y oral tiene como propósito central el esclarecimiento de los hechos, la protección del inocente, la sanción al culpable y la reparación del daño, pero que estos objetivos deben armonizarse con el principio constitucional del interés superior de la niñez.
La ministra enfatizó que la jurisdicción constitucional debe garantizar los derechos de las víctimas en todo momento, especialmente cuando se trata de delitos sexuales cometidos contra niñas, niños o adolescentes. Señaló que su responsabilidad como integrante de la Corte y como mujer la obliga a ser sensible ante la triple vulnerabilidad que enfrentan quienes son víctimas de violencia sexual, mujeres y menores de edad.
La resolución del caso podría sentar un precedente relevante en la interpretación de plazos procesales dentro del sistema penal mexicano, con implicaciones directas en la protección de derechos humanos y el trato digno a las víctimas.