La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha puesto el ejemplo en los últimos días, por lo que ya se veía venir la anulación de la primera parte del llamado Plan B, ya que vulnera el derechos de las audiencias.
Los diputados pasaron el 6 de diciembre discutiendo un intento de reforma electoral a nivel constitucional que fue rechazado, por lo que se pasó de inmediato al Plan B ya anunciado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador de sólo cambiar leyes secundarias.
El Plan B derivó de dos iniciativas enviadas por el Ejecutivo a los diputados, dicho proyecto ni siquiera paso por comisiones, ni fue publicado el día previo en la Gaceta Parlamentaria.
El tan utilizado por la 4T, fast track viola el proceso parlamentario, se ha hecho común la aprobación de reformas en un día y sin discusión por parte de los legisladores, el dictamen ni siquiera paso por el debate.
"Hay violaciones graves que afectan, la democracia, la división de poderes, así como se ha violado el derecho de las minorías de expresare, dado que no se respetó el derecho de participación de todas las fuerzas políticas en condiciones de igualdad y libertad.
Se violó el proceso parlamentario ya que "no se convocó con 24 horas de anticipación a la sesión extraordinaria de las comisiones unidas. Tampoco se publicó con esa anticipación a la sesión del Pleno el dictamen. Lo anterior tuvo como consecuencia que los senadores no contaran con el tiempo suficiente para estudiar y conocer el dictamen sometido a votación.
Esa reforma abarca cientos de artículos de las leyes generales de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos, de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, dictamen que deroga y reemplaza la Ley del Sistema de Medios de Impugnación.
Según el proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán, Morena y sus aliados publicaron dos iniciativas distintas no dictaminadas de reformas a dichas leyes, una a las 22:12 y otra a las 23:03 de mismo 6 de diciembre, sin que hubiera certeza sobre cuál dictamen se sometió a votación.
El Plan B, derivó de dos iniciativas enviadas por el Ejecutivo a los diputados en la mañana del pasado 6 de diciembre, que ni siquiera pasaron por comisiones ni fueron publicadas el día previo en la Gaceta Parlamentaria.
Esa reforma abarca cientos de artículos de las leyes generales de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos, de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, dictamen que deroga y reemplaza la Ley del Sistema de Medios de Impugnación, que desde 1996 ha regido la actuación de los tribunales electorales.
Los diputados pasaron la mayor parte del 6 de diciembre discutiendo un intento de reforma electoral a nivel constitucional que fue rechazado, por lo que se pasó al Plan B de sólo cambiar leyes secundarias.
Según el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, Morena y sus aliados publicaron dos iniciativas distintas no dictaminadas de reformas a dichas leyes, una a las 22:12 y otra a las 23:03 de mismo 6 de diciembre, sin que hubiera certeza sobre cuál se sometió a votación.
Por lo anterior la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe anular la primera parte del llamado Plan B .