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ELECCIÓN INEDITA, ELECCIÓN DEL PODER JUDICIAL 2025

ELECCIÓN INEDITA, ELECCIÓN DEL PODER JUDICIAL 2025

Columnas lunes 10 de febrero de 2025 -

El primero de junio, vamos a vivir en México un proceso inédito, por primera vez se van a elegir de manera directa a nueve personas para integrar el pleno del Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como, a dos personas que integraran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Sala Superior).

En los últimos días, hemos visto cómo se va configurando este proceso cuya etapa de insaculación (el uso de una tómbola, para sacar los nombres de las personas que serán candidatas) acaba de terminar, en otras palabras, ya sabemos quiénes serán las y los candidatos a los máximos tribunales de nuestro país.

Adicionalmente a los cargos de ministros de la SCJN y las y los magistrados de la Sala Superior, se elegirán a quince personas que integrarán las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, esto significa, que se renovarán las cinco Salas Regionales (Ciudad de México, Xalapa, Toluca, Monterrey y Guadalajara), conformadas por tres personas cada una.

Asimismo, se elegirán a las cinco personas integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación (se encargara de sancionar a las personas juzgadoras por incumplir la norma), así como, cuatrocientas sesenta y cuatro personas para integrar las magistraturas de Circuito en diversas materias como Civil, Penal, Administrativo y materias especializadas (Competencia Económica, Telecomunicaciones), entre otras. Y trecientas ochenta y seis personas como Juezas y Jueces de Distrito.

Se habla de una elección inédita, porque por primera ocasión de manera directa la ciudadanía va a elegir a los integrantes del máximo tribunal del país, así como, a diversos integrantes del poder judicial, es decir, se trata de un mecanismo de democracia directa que transforma el paradigma de la teoría de los pesos y contrapesos en donde el senado de la república ya no será el los responsable de nombrar a las personas integrantes del PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, y esa facultad pasa de forma exclusiva a la ciudadanía.

Ahora bien, si analizamos a profundidad la división clásica de poderes, se observa que la naturaleza del poder legislativo es la de representar de manera directa a la ciudadanía, entre lo cual se incluía el nombrar a los juzgadores, por lo tanto, con esta reforma los integrantes del Congreso de la Unión (Cámara de Diputados y Cámara de Senadores), cedieron a la ciudadanía la responsabilidad de nombrar a las personas que los han de juzgar.

En conclusión, con la elección de Ministras, Ministros, Magistrados, Magistradas Electorales y de Circuito, el Estado Mexicano, incorporó de manera novedosa una figura más al modelo de democracia directa que contemplaban anteriormente la revocación de mandato, la consulta popular o la elección de proyectos de presupuesto participativo en la Ciudad de México, entre otros.

Finalmente, podemos decir que la elección de los integrantes del Poder Judicial,transforma el entramado político del país, en donde sus críticos señalan que se correrá el riego de la politización de un órgano que debería de ser imparcial, mientras sus simpatizantes objetaran que se le dará una verdadera voz a la ciudadanía al pasar a un modelo de democracia directa que hasta ahora sólo se contemplaba para la revocación de mandato, la consulta popular o la elección de proyectos de presupuesto participativo en la Ciudad de México, entre otros. El tiempo dirá si la Reforma Judicial fue una buena decisión, por el bien de México, que así sea.


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/CR

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