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¿El INEC que viene?

¿El INEC que viene?

Columnas martes 11 de junio de 2024 -

Avanzo en el recuento descriptivo de las reformas constitucionales electorales que podrían ser inminentes, iniciado el jueves pasado. Hoy abordo la designación de consejerías del nuevo INEC (Instituto Nacional de Elecciones y Consultas).

Según la iniciativa presidencial de febrero pasado, habría 7 Consejerías Electorales que serían votadas de manera directa y secreta por la ciudadanía a nivel nacional el primer domingo de junio de las elecciones ordinarias del año que corresponda, mediante estos pasos.

El día en que se instale el primer periodo de sesiones ordinarias del año anterior al de esta elección, la Cámara de Diputaciones emitiría convocatoria para la integración de una lista de aspirantes.

Cada uno de los Poderes de la Unión postularía hasta 10 personas de manera paritaria. El Ejecutivo lo haría por conducto de la titular; el Legislativo postularía hasta 5 personas por cada Cámara, mediante votación calificada de dos tercios; y el Judicial postularía hasta 10 personas por mayoría de 6 votos, por conducto del Pleno de la Suprema Corte.

La Cámara de Diputaciones recibiría las postulaciones, verificaría el cumplimiento de requisitos de elegibilidad y remitiría el listado al INEC antes de que concluyera el año anterior al de la elección que corresponda, a efectos de que organizara este proceso electivo. Los Poderes de la Unión que no remitieran sus postulaciones al término del plazo previsto en la convocatoria respectiva no podrían hacerlo posteriormente;

Las personas propuestas tendrían derecho de acceso a radio y TV, con distribución igualitaria del tiempo. Podrían, además, participar en foros de debate organizados por el propio Instituto o en aquéllos brindados gratuitamente por algún medio de comunicación, bajo el principio de equidad.

Estaría prohibida la contratación por sí o por interpósita persona de espacios en radio y TV para promocionar candidaturas. Los partidos políticos no podrían realizar actos de proselitismo a favor o en contra de candidatura alguna. La ley prohibiría precampañas, determinaría el periodo y la forma de las de las campañas.

El INEC efectuaría los cómputos de la elección y los comunicaría a la Cámara de Diputaciones, que de inmediato realizaría y publicaría la suma, y enviaría los resultados a la Corte, la cual resolvería las impugnaciones, calificaría el proceso y declararía sus resultados antes de que el Senado instale el primer periodo ordinario de sesiones del año de esta elección, fecha en que las personas electas tomarían protesta de su encargo ante la Cámara de Diputaciones.

Según la iniciativa, las personas titulares de la presidencia y de las consejerías electorales del nuevo Instituto durarían en su cargo 6 años y no podrían ser reelectas. Del mismo modo, que quien reciba más votos al momento de su elección ocuparía la presidencia del Instituto. Le cuento más el jueves.

@ElConsultor2

gsergioj@gmail.com


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/CR

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