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¿Privacidad o Celular? Padrón de usuarios a debate

¿Privacidad o Celular? Padrón de usuarios a debate

Columnas jueves 22 de abril de 2021 -

El tema del padrón nacional de usuarios de telefonía móvil ha estado en boca de todos y generado todo tipo de reacciones. Resulta que el pasado 16 de abril fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada por el Senado para crear dicho padrón.

¿Qué es este padrón? Es una base de datos que incluirá línea telefónica, momento de activación, nombre del usuario, nacionalidad, identificación oficial con fotografía y CURP y los datos biométricos de todos los usuarios del país. Lo que quiere decir que el celular quedaría vinculado con su titular y, en caso de no ceder los datos, se cancelaría la línea.

Si el tema les parece conocido seguramente es porque ya tiene un antecedente en nuestro país, aunque no al nivel de incluir datos biométricos. En 2009 se aprobó el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut) cuyo objetivo era disminuir los delitos como la extorsión y el secuestro. Sin embargo, su implementación tuvo inconvenientes técnicos, legales y de seguridad; se expusieron los datos de los usuarios, que incluso terminaron como mercancía en el mercado ilegal; un gran número de usuarios no registraron sus datos, por lo que se interpusieron amparos resolviendo a favor de los quejosos. Así que finalmente, dos años después fue derogado. Hoy, la historia se renueva.

Pero ¿por qué tanto revuelo? La medida ha sido criticada y considerada innecesaria, fundamentalmente porque representa el riesgo de vulneración de derechos fundamentales, como la privacidad, la protección de datos personales y el acceso a los servicios de telecomunicaciones.

Y aquí me detengo en destacar que los principales datos que se consideran desproporcionados con la nueva medida son especialmente los biométricos. Sí, nuestra huella digital, el iris, la retina u otros datos inmutables pueden ser algunos de los datos que el IFT requiera ante la normatividad secundaria que se apruebe al efecto, porque hay que aclarar que la reforma no explicita qué datos biométricos se solicitarán.

Las preguntas que surgen son varias ¿Es necesario penetrar la esfera de lo íntimo para contar con una línea celular? ¿Los datos se recaban con un fin especifico justificado? ¿Se cumplen los principios y deberes del tratamiento de datos? Pareciera que específicamente los principios de proporcionalidad y finalidad no son tomados en cuenta.

De avanzar este proyecto, se constituiría la base de datos más grande del país, con alrededor de 120 millones de líneas telefónicas, que además contendría la información personal de menores de edad. Y pese a que se estableció que la información recabada será confidencial, los antecedentes parecen ponerlo en duda.

La ruta de la acción de inconstitucionalidad es una posibilidad, aunque ello dependerá de las autoridades competentes. Entre tanto, los amparos no se han hecho esperar, de hecho, la primera suspensión provisional en contra del padrón ya fue otorgada, aunque recordemos que ello sólo beneficia al quejoso. Al tiempo.


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/CR

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