La pregunta es pertinente porque entre los señalamientos (no pueden llamarse argumentos) para extinguir a 109 de ellos, el presidente de la República y los legisladores que lo apoyan han destacado que son instancias opacas y permiten actos de corrupción y cuyos recursos se usarán para atender la pandemia.
Conviene recordar que, tras la reforma constitucional de 2014 en materia de transparencia, todos los fondos y fideicomisos públicos sin estructura fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), así como a las leyes federal y locales en la materia.
Con ello aumentó el número de obligaciones para que rindieran cuentas, pues no solo deben cumplir con las leyes de transparencia, sino también con otras normas que los obligan a informar sobre su estructura, organización y administración, salvo que se justifique su clasificación por encuadrar en alguna de las excepciones de reserva o confidencialidad, pero éstas suelen ser eso, excepciones.
Por eso llama la atención que entre los señalamientos para justificar la desaparición de 109 fideicomisos públicos esté el de la falta de transparencia, porque ahora es cuando están sometidos a un escrutinio mucho mayor que antes de las reformas constitucional y de las leyes de transparencia.
No ha faltado quien recuerde y compare el caso del Fideicomiso para el Mejoramiento de las Vías de Comunicación (Fimevic) creado en el gobierno de Andrés Manuel López Obrador en la ciudad de México para la construcción del segundo piso del Periférico de 2002 a 2006.
Pese al interés público de la megaobra icónica de su administración, la información se reservó por 10 años, pero gracias a la presión de la sociedad civil y diversos actores políticos se desclasificó luego de siete meses. El instituto de transparencia capitalino tuvo un rol preponderante para hacer pública la información contenida en más de 2.3 millones de fojas de las 4 mil 347 carpetas del archivo.
Al final de 2019 se contaban 384 fondos, fideicomisos, mandatos y otras figuras análogas públicas. Todas deben rendir cuentas. Las reformas en materia de transparencia incorporaron como sujetos obligados a los que no tenían estructura.
Por mandato constitucional y legal, la Auditoría Superior de la Federación fiscaliza tanto el origen como el destino de los recursos transferidos a los fideicomisos.
Además, deben informar trimestralmente al Ejecutivo y al Congreso respecto de su administración, entre otras cosas, de los subsidios y donativos recibidos. Esta información es pública por mandato de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La Ley Federal de las Entidades Paraestatales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental obligan a los fideicomisos a informar y tener controles sobre la evolución de su situación financiera y llevar registros de sus activos.
La LGTAIP les obliga a publicar más de 50 rubros generales de información y ocho rubros específicos. Además, la información que generan y detentan es pública y accesible a través de solicitudes. De 2016 a 2019 sumaron más de 41 mil solicitudes de información a los más de 300 fondos y fideicomisos.
Nada es perfecto, sin duda, pero se puede transparentar más la integración y operación de los fideicomisos, pero no es sostenible que no haya mecanismos legales y administrativos para someterlos a un mayor escrutinio y se sancionen las faltas.